El principal cambio en materia de protección de la propiedad intelectual en Panamá ocurrió a mediados de la década del noventa, tras el ingreso del país a la Organización Mundial de Comercio (OMC). Uno de los resultados del ingreso a la OMC fue la creación, de la Dirección General de Derecho de Autor y Derecho Conexo, así como la aparición de nuevas legislaciones para la protección del derecho de autor y las patentes, las que llevaron a múltiples operativos en conjunto con la policía para combatir la piratería en la capital del país.
“En 1996 se hicieron muchos operativos”, señaló Isis Rivera, directora de la Dirección General de Derechos de Autor (DGDA), parte del Ministerio de Comercio e Industria del país, en diálogo con Brands+ IP News. “Se veía mucha venta de material pirata en la capital”.
Al mismo tiempo, se brindó tiempo a los empresarios que, por ejemplo, se dedicaban al alquiler de videos, a legalizar su situación. “Procedimos a mandar un comunicado a través de los medios de comunicación haciéndoles la advertencia y dándoles un plazo prudente para que se legalizaran; para que firmaran un contrato con los titulares de derecho”, recordó.
“En ese año la DGDA tuvo mucha participación, porque todavía no estaba creada la fiscalía especializada en delito contra la propiedad intelectual, ni había un departamento especializado en la Policía”, señaló Rivera. “Ahora sí ya están creadas y se ha creado en Panamá la Comisión Interinstitucional de Propiedad Intelectual, conformada por la Dirección de Zona Libre de Colón, la Autoridad Nacional de Aduanas, el Ministerio Público, el de Comercio, la Dirección Nacional de Propiedad Industrial de Marcas y Patentes, la Dirección General de Derecho de Autor y la Dirección de Asuntos Jurídicos y Tratados”.
“A través de esta comisión interinstitucional se hacen operativos en conjunto, en donde, no solo se persigue al vendedor del semáforo, como decimos en Panamá, sino que la Fiscalía y la Policía, mediante sus investigaciones, tratan de llegar a la persona que está reproduciendo sin autorización esos contenidos”, explicó Rivera.
“Usualmente es porque se ha llegado a establecer que este delito guarda relación con el trasiego de armas, con el narcotráfico; son actividades ilícitas relacionadas, por eso se hacen operativos para llegar no solo a la persona que vende CDs en la calle, sino a la fuente infractora”, aseguró.
Más recientemente, Panamá actualizó sus leyes de protección de derechos de autor con la Ley Nº 64, aprobada en octubre de 2012. La misma despertó críticas que, Rivera asegura, surgían del “desconocimiento de todo lo que traía la ley”.
“Esta ley fue desarrollada en beneficio de los titulares de derecho y, además, dejó sin efecto la ley 15 de 1994, lo que era necesario porque Panamá, al suscribir el Tratado de Promoción Comercial con EEUU, se obligaba a modernizar aquella ley, porque, habiendo pasado ya varios años, surgieron nuevas obras y nuevas maneras de divulgarlas. Había que regular todo eso”, detalló Rivera.
Con el fin de divulgar el conocimiento de la materia, la DGDA participa de eventos, congresos y seminarios, tanto en universidades públicas como privadas, así como ferias artesanales. Una nueva oportunidad se dará del 13 al 18 de agosto, durante una nueva edición de la Feria Internacional del Libro en el Centro de Convenciones ATLAPA, donde la dirección dirá presente. “Hacemos una convocatoria bien fuerte para esto. Autores, escritores, abogados; todo el que esté interesado”, comentó Rivera.
“Nuestros mayores retos están en promover la creatividad y, segundo, aplicar la Ley 64 y reconocerle los derechos a los autores o titulares de los derechos. Debemos seguir fortaleciendo las competencias de la DGDA, que son amplias”, afirmó la directora.
Rivera aseguró que, justamente, la amplitud de las competencias del organismo que integra es tan relevante como necesaria: “Nosotros tenemos la competencia para la conciliación y el arbitraje en caso de algún tipo de infracción. Podemos poner también sanciones administrativas, independientes de que quien se sienta afectado pueda acudir a la vía judicial. Nosotros también autorizamos a las entidades de gestión colectiva de Panamá. También tenemos la responsabilidad de fiscalizar el cumplimiento de los estatutos en esas entidades”.
“Nuestras oficinas homólogas en otros países no tienen estas competencias”, señaló.
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