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La Asociación Internacional de Marcas (INTA) presentó un amicus brief ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre Meering Touringcars Amsterdam B.V. v. V.O.F. Classic Coach Company (asunto C-112/21 del TJUE), relativo a la coexistencia de marcas comerciales y derechos anteriores no registrados.

El Tribunal Supremo de los Países Bajos remitió el caso al TJUE en busca de orientación sobre cuestiones relacionadas con las limitaciones de los efectos de una marca registrada. En particular, pidió claridad sobre la cuestión de la coexistencia de derechos anteriores no registrados de importancia local con marcas registradas nacionales posteriores.

La disputa se centra en si Meering Touringcars Amsterdam puede invocar su posterior marca comercial contra el nombre comercial más antiguo de Classic Coach Company, o si tiene prohibido hacerlo ya que Classic Coach Company tiene un derecho no registrado más antiguo de mera importancia local (en este caso, un nombre comercial).

Siguiendo la ley de marcas de la UE aplicable y asumiendo que el derecho anterior fue adquirido «legalmente» y es ejecutable, INTA argumenta en su amicus brief que el derecho anterior puede coexistir con el registro de marca posterior y no constituye una barrera para el registro de la marca. marca registrada posterior, ni el propietario de la marca registrada posterior puede oponerse al derecho no registrado (nombre comercial) anterior.

Además, la INTA señala que, para que el titular se base en su derecho local anterior no registrado, no existe ningún requisito que autorice al titular a prohibir la marca posterior.

En su escrito de amicus, la Asociación argumenta además que es relevante si el titular de la marca, Meering Touringcars Amsterdam BV, en este caso, tiene un derecho no registrado incluso antes (sobre un signo que luego registró como marca comercial) y si el propietario de la marca registrada no obstante, no puede invocar ese derecho incluso anterior debido a la aquiescencia del propietario del derecho de nombre comercial local no registrado posterior.

Fuente: INTA

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