La ratificación de Indonesia hace llegar a 30 el número de países firmantes del Tratado de Bejing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales de la Organizción Mundial de la Propiedad Intelectual, lo que permite al mismo entrar en vigor a partir del 28 de abril de este año.
El Tratado fue aprobado en 2012, durante una conferencia realizada en Bejing. Su fin es el de mejorar los medios de vida de los actores y otros artistas intérpretes o ejecutantes de las obras audiovisuales.
En esencia, el tratado refuerza cinco tipos de derechos patrimoniales exclusivos sobre las interpretaciones o ejecuciones de esos benficiarios fijadas en formato audiovisual: los derechos de reproducción, distribución, alquiler, puesta a disposición, radiodifusión y comunicación al público.
Al adherirse al Tratado, sus Partes Contratantes acuerdan adoptar, de conformidad con sus sistemas jurídicos, las medidas necesarias para garantizar la aplicación del Tratado. En particular, cada una de las Partes Contratantes deberá velar por que en su legislación existan procedimientos de observancia que permitan adoptar medidas eficaces contra los actos de infracción de los derechos previstos en el Tratado. Entre esas medidas han de figurar recursos ágiles para evitar las infracciones, así como recursos disuasorios
Fuente: WIPO