El estudio uruguayo Cervieri Monsuárez logró revocar, en una instancia recursiva, el fallo inicial de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial de Uruguay (DNPI), que autorizaba a la marca Green Zone a registrar un logo similar al de la popular Lacoste.
El problema estaba generado por el diseño de un cocodrilo verde, popularmente asociado con las prendas, calzados, perfumes y accesorios de la empresa francesa Lacoste. El diseño de la marca Green Zone, argumentaba Sporloisirs S.A. -que cuenta con la titularidad de Lacoste-, podía confundir a los consumidores.
Sin embargo, la DNPI aceptó el registro de Green Zone en 2016, entendiendo que «los signos analizados globalmente presentaban características particulares en la denominación y diseño que los hacían diferentes y por lo tanto capaces de coexistir. Asimismo, consideró que la imagen del cocodrilo en el signo solicitado era diferente del diseño del cocodrilo incluido en las marcas de Lacoste».
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Según relata Cervieri Monsuárez, el estudio que representó a Sporloisirs, se decidió al año siguiente presentar un recurso administrativo contra la resolución de concesión de marca a Green Zone.
«En dicha instancia se argumentó que a pesar de que la marca solicitada incluía el término ‘Green Zone’, la inclusión del diseño característico y notorio de Sporloisirs indudablemente provocaría la confusión del consumidor, lo que constituiría un aprovechamiento injusto y un detrimento para sus derechos de propiedad industrial», explica el estudio en un comunicado. «Asimismo, en la instancia correspondiente se agregó diversa documentación en respaldo de lo alegado».
A finales del año pasado, la DNPI aceptó los argumentos, dio lugar al recurso y revocó el registro de Green Zone en la clase 25. Green Zone no presentó acción ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, por lo que dicha resolución quedó firme en febrero de este año.
Según afirma Cervieri Monsuárez, la revocación se logró gracias a que «el estudio realizado en segunda instancia fue más allá del mero análisis de confundibildiad entre signos marcarios y tuvo en cuenta un aspecto fundamental como lo es el caracter notorio de las marcas».
«La notoriedad de las marcas en las que se basa la oposición y la propiedad
de una familia de marcas fueron claves en este caso», concluye el comunicado. «La inclusión del elemento característico de la familia de marcas de LACOSTE levará a la confusión
del consumidor y, por consiguiente, la asociación con marcas notoriamente conocidas».
Fuente: Cervieri Monsuárez